Aprobadas medidas laborales y sociales por la Crisis en Oriente

En el BOE del 21/03/2026 se publica el RDL 7/2026, que refuerza el escudo social, limita despidos con ayudas y adelanta planes de movilidad en respuesta a la Crisis en Oriente Medio.
El 21 de marzo de 2026 se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio, pendiente de su convalidación en el Congreso de los Diputados.
El conflicto militar iniciado el 28 de febrero entre Estados Unidos e Israel frente a Irán ha generado importantes efectos económicos globales, especialmente en los mercados energéticos, debido al bloqueo del Estrecho de Ormuz y a la afectación de infraestructuras estratégicas de gas y petróleo. Como consecuencia, los precios del crudo y del gas han experimentado fuertes subidas y elevada volatilidad.
El Gobierno de España, en línea con actuaciones adoptadas en crisis anteriores como la guerra de Ucrania, ha aprobado un Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio. Este plan combina medidas coyunturales, dirigidas a contener el impacto inmediato -reducción de fiscalidad energética, ayudas directas o refuerzo del bono social-, con medidas estructurales orientadas a acelerar la transición energética y reducir la dependencia de combustibles fósiles.
El Real Decreto-ley 7/2026, incorpora también un bloque de contenido sociolaboral que se articula en tres grandes líneas: refuerzo de la protección social frente al encarecimiento energético, apoyo a autónomos y sectores especialmente expuestos, y medidas de mantenimiento del empleo vinculadas a las ayudas públicas.
Refuerzo de la protección social
En el ámbito social, la norma mantiene la línea de intervención ya conocida en crisis anteriores, pero introduce ajustes que conviene tener presentes.
Se prorrogan durante todo el ejercicio 2026 los descuentos extraordinarios del bono social eléctrico, fijándose en el 42,5% para consumidores vulnerables y en el 57,5% para vulnerables severos.
A ello se añade un incremento de la ayuda mínima del bono social térmico, que pasa a situarse en 50 euros por beneficiario, junto con la aprobación de un suplemento presupuestario adicional de 90 millones de euros destinado a reforzar esta prestación.
Asimismo, se mantiene hasta el 31 de diciembre de 2026 la garantía de suministro de agua y energía para consumidores vulnerables, evitando interrupciones por impago.
Medidas de apoyo a autónomos y actividad económica
Uno de los aspectos más relevantes -y, en ocasiones, menos valorados- es la introducción de mecanismos que afectan directamente a la operativa de autónomos y pequeñas empresas.
Hasta el 31 de diciembre de 2026, se permite a autónomos (dados de alta en RETA o régimen equivalente) y empresas solicitar modificaciones en sus contratos de suministro eléctrico con mayor flexibilidad, especialmente en lo relativo a la potencia contratada.
En paralelo, se flexibilizan los contratos de suministro de gas natural, permitiendo:
- Modificaciones del caudal contratado
- Cambios en los peajes de acceso
- Suspensión temporal del contrato sin coste
Todo ello dentro de los límites establecidos por la norma.
Apoyo sectorial y medidas de liquidez
La norma introduce también instrumentos de apoyo dirigidos a sectores especialmente afectados por el incremento de costes energéticos, con especial incidencia en transporte, sector agrario y pesquero.
Entre las medidas más destacadas:
- Línea de reavales de hasta 2.000 millones de euros para autónomos y pymes del transporte de mercancías por carretera, vinculada a tarjetas de combustible, con solicitudes hasta el 30 de junio de 2026.
- Ayuda directa de 0,20 €/litro de gasóleo para determinados operadores del transporte.
- Refuerzo de la financiación agraria y pesquera a través de la línea ICO-MAPA-SAECA, con una dotación de 225 millones de euros.
Estas medidas no solo buscan aliviar tensiones de liquidez, sino también sostener la viabilidad empresarial en sectores especialmente sensibles.
- Atención. El acceso a estas ayudas puede estar condicionado al cumplimiento de determinadas obligaciones, especialmente en materia laboral, lo que obliga a analizar previamente su impacto.
Limitación de despidos vinculada a ayudas públicas
La medida laboral más relevante se encuentra en el artículo 62 de la norma, que introduce una restricción directa en materia de despidos.
Las empresas que se beneficien de ayudas directas previstas en este RDL 7/2026:
- No podrán despedir por causas de fuerza mayor ni por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción derivadas de la situación energética
- Esta limitación se extiende hasta el 30 de junio de 2026
El incumplimiento tiene consecuencias especialmente relevantes:
- Obligación de reintegrar la ayuda recibida
- Calificación del despido como nulo
La restricción no se limita a contratos ordinarios, sino que se extiende a:
- Contratos fijos-discontinuos (no se podrá justificar ni el fin de actividad ni la falta de llamamiento por estas causas)
- Cooperativas (no podrán reducir empleo ni alterar cualificaciones por estos motivos)
Planes de movilidad sostenible al trabajo
La norma adelanta la implantación obligatoria de los planes de movilidad sostenible al trabajo.
Se reduce de 24 a 12 meses el plazo para su implantación en:
- Empresas con más de 200 trabajadores
- Centros con más de 100 trabajadores por turno
El contenido mínimo de estos planes deberá incluir medidas como:
- Movilidad activa y transporte colectivo
- Uso de vehículos de bajas emisiones
- Sistemas de movilidad compartida
- Fomento del teletrabajo
- Seguridad vial en desplazamientos laborales
No se trata de una obligación meramente formal. Requiere planificación, documentación y, en muchos casos, inversión organizativa.
Consecuencias del incumplimiento en empresas beneficiarias de ayudas
El artículo 64 del RDL 7/2026 introduce una consecuencia adicional relevante: Las empresas obligadas a disponer de un plan de movilidad sostenible que, además, sean beneficiarias de ayudas directas, deberán reintegrar dichas ayudas si incumplen esta obligación.
Otras previsiones relevantes
En la parte final de la norma se incluyen disposiciones adicionales con incidencia indirecta en el ámbito sociolaboral.
Por un lado, se habilita la posibilidad de ampliar el ámbito territorial de determinadas medidas agrarias vinculadas a fenómenos meteorológicos, lo que puede afectar a sectores concretos.
Por otro, se declaran ampliables en 2026 determinados créditos vinculados a la Seguridad Social, incluyendo:
- Complementos a pensiones mínimas
- Prestaciones no contributivas
- Protección familiar
- Ingreso mínimo vital
Estas medidas reflejan un refuerzo del gasto social que puede tener impacto indirecto en cotizaciones, financiación del sistema y políticas futuras.
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.
Un cordial saludo,
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